Fernandez y Luaces - Abogados desde 1961

DERECHO DE FAMILIA

El Derecho de Familia afecta a lo más profundo e íntimo de las personas. Regula qué hacer cuando los conflictos desembocan en un divorcio, una nulidad o una separación; determina cómo debe reclamarse la paternidad; qué hacer ante un familiar que no puede regir su vida y sus bienes.
En este campo existe un intrusismo profesional terrible derivado de:
– La aparición de empresas y operadores que con una publicidad cercana al engaño no buscan otra cosa que aumentar su facturación, encontrándose el cliente que tras un precio sumamente atractivo lo que reciben es un trato deshumanizado y poco profesional.
– La falsa idea que todavía pervive en una parte de la abogacía de que cualquiera puede asumir casos de familia. Son muchos los profesionales que asumen asuntos careciendo de conocimientos y experiencia, sin disponer de tiempo para atender correctamente al cliente o involucrándose emocionalmente en el asunto de tal manera que lo que único que consiguen es empeorar aún más la situación y hacer irreversible un acuerdo.
Por desgracia, son muchos los casos que ya se nos han presentado con convenios incorrectamente realizados, liquidaciones de sociedad de gananciales que son objeto de sanciones tributarias o con problemas de acceso al Registro de la Propiedad, demandas interpuestas que han debido ser retiradas, etc. Nuestro conocimiento y nuestra especialización deben darse por supuesto, pero para ello debemos estar en constante aprendizaje para captar y aplicar las novedades que la jurisprudencia y la legislación nos traen a diario.
Tenemos muy claro que el Derecho de Familia requiere la máxima proximidad entre cliente y abogado. Y ello nos lleva a tener que asumir un número limitado de asuntos que garantice que los clientes puedan recibir un trato adecuado a su problema.

No basta conocer la materia, es necesario afrontar los problemas de nuestros clientes con objetividad e independencia, trasladando una visión clara al cliente de su situación y de las mejores opciones para resolverlo.
En Fernández y Luaces creemos que nuestra labor como abogados debe centrarse muy especialmente en adelantarnos a los problemas y para ello es preciso comprender la realidad de nuestros clientes. Muchas diferencias en el seno de familias y en las relaciones de pareja son debidas a una falta de información, y ese esta falta de información la que acarrea situaciones de desconfianza mutua.
Es muy frecuente que nos encontremos con personas con un desconocimiento total en temas centrales que afectan a su matrimonios o pareja de hecho. Son muchas personas no se interesan por cuál es su régimen económico matrimonial más adecuado a su caso hasta que surge el problema. Muchas veces el detonante de una ruptura lo marca una cuestión patrimonial no resuelta y que dinamita la confianza.
También es habitual que no se sepa qué diferencias prácticas hay entre una pareja de hecho y un matrimonio en temas fiscales o de cobertura social.
En Fernández y Luaces creemos por encima de todo en las personas y en las familias y es por ello por lo que entendemos que un correcto asesoramiento evitaría muchos de los problemas que ocasionan rupturas y procedimientos judiciales con grave repercusión en familias enteras.

Crisis matrimoniales: Separación y Divorcio

Tramitamos divorcios y separaciones tanto de mutuo acuerdo como contencioso. Además de la competencia profesional que debe suponerse a todo profesional que se involucra en esta rama del Derecho, resulta esencial para el cliente tener un fácil acceso a su abogado y ser escuchado en sus problemas. La experiencia así nos lo dice y forma parte imprescindible de nuestra labor.

Además de la parte personal, toda ruptura entraña un problema económico para las partes y una necesidad de regularla correctamente, tanto con las prestaciones económicas que puedan derivarse como de las liquidaciones de los bienes que tuviesen en común.

PROCEDIMIENTO DE INCAPACITACIÓN

Los procedimientos de incapacitación suponen una solución para aquellos cuyos familiares se ven limitados en sus capacidades por diferentes motivos. Es necesario conocer cual va a ser la mejor forma de organizar sus necesidades y suplir su falta de capacidad para todos o determinados actos. Las situaciones de este tipo necesitan una solución ágil e inmediata para evitar pérdidas patrimoniales irreparables, ya sea porque el incapaz disponga de sus bienes irreflexivamente, ya sea porque su voluntad es mediatizada por personas que pretenden obtener una ventaja patrimonial a costa de su vulnerabilidad.

NULIDAD CANÓNICA MATRIMONIAL

En la actualidad son muchas las personas que se plantean obtener la nulidad canónica de su matrimonio. La creencia general sobre un proceso largo y muy costoso suele ser el motivo de rechazo de esta opción. En primer lugar, debe saber que las reformas operadas por el Papa Francisco han hecho que el procedimiento sea más breve y ágil, consiguiendo acortar los trámites necesarios y, por consiguiente, la obtención de la nulidad en un plazo mucho más breve.
Si en otras materias es necesaria una formación concreta, en el ámbito canónico mucho más. Para que un abogado pueda asumir un procedimiento de nulidad matrimonial es necesaria una formación específica y una autorización especial del Obispo o Arzobispo. En Fernández y Luaces disponemos de formación especializada en la materia, con experiencia que nos avala. Las reformas operadas por el Papa Francisco han supuesto la gratuidad del procedimiento, desterrando el falso mito de ser un procedimiento excesivamente costos y reservado sólo para personas con alto poder adquisitivo. Estos procedimientos exigen la total confidencialidad y discreción del abogado puesto que, en muchos extremos, afectan a aspectos ligados a la intimidad de las personas.

De igual manera, las modificaciones operadas en el fuero competente, es decir, en cuanto al lugar de la presentación de la demanda, han propiciado la cercanía del lugar donde debe tramitase el procedimiento y, con ello, el abaratamiento de los costes.
No es necesario que ambas partes estén de acuerdo en pedir la nulidad; basta con que una de ellas quiera pedirla para que pueda seguir adelante. A pesar de que se recomienda que ambas partes se personen de forma activa en el procedimiento, lo cierto es no es imprescindible. Puede obtenerse la nulidad canónica del matrimonio a pesar de que la otra parte se oponga o nunca llegue a personarse en el procedimiento.
A diferencia del divorcio o de la separación acordada en la jurisdicción civil, la nulidad matrimonial canónica sólo puede ser declarada por una serie de causas específicas, por lo que es preciso contar con una visión clara y realista de la situación, así como una planificación de las pruebas a presentar.

PAREJA DE HECHO

La ruptura de una pareja de hecho conlleva necesariamente regular las relaciones de la pareja con los hijos surgidos de la relación y las consecuencias económicas. Las medidas paternofiliales marcan el futuro de las relaciones familiares y económicas entre las partes. El futuro bienestar de los hijos de las parejas de hecho viene, en parte, marcado por un correcto acuerdo con vocación de futuro.
Como regla general, las crisis en parejas de hecho con hijos hacen necesario acudir a expedientes de medidas paternofiliales bien de mutuo acuerdo o de forma contenciosa, si el acuerdo no es posible.

Al igual que en el caso de las crisis matrimoniales el interés de los hijos menores y de los intereses contrapuestos de las partes deben ser objeto de una especial atención.
La adquisición de bienes durante la convivencia de la pareja conlleva la necesidad de dividir el patrimonio común.

VIOLENCIA DOMÉSTICA Y DE GÉNERO

Asumimos la defensa penal en los casos de procedi- mientos judiciales relativos a violencia doméstica y de género. La creciente preocupación de la sociedad por la violencia sobre la mujer y entre los miembros de la unidad familiar se ha cristalizado en una legislación penal que busca erradicarlas. Desde su nacimiento a principios de este siglo XXI hemos visto su evolución y asumido la defensa de aquellos casos que nos han planteado nuestros clientes desde todas las ópticas posibles.

PROCEDIMIENTOS DE FILIACIÓN, PATERNIDAD Y MATERNIDAD

Los procedimientos de filiación, paternidad y maternidad son cada vez más numerosos y se engloban en supuestos de reclamación o impugnación de la filiación.
Las peculiaridades de este tipo de asuntos requieren una formación específica ya que tan importante resulta conocer el derecho a aplicar como una impecable actuación en sede judicial. De la misma manera la falta de adopción de medidas cautelares deviene en un perjuicio económico difícil de subsanar.
La experiencia en este ámbito nos ha llevado a encontrarnos con asuntos llevados deficientemente con errores que, a posteriori, no tienen solución, o bien exigen un sobrecoste económico para el cliente. La determinación de la prueba necesaria así como todos los extremos relativos a la prueba biológica son cruciales.

Novedades en …